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Lo nuevo en Socialismo

Black is black

Alerta del frente de damas indignadas con todo lo que haga el gobierno.

Marifer Popof

No nos confiemos los del PSUV

Los que por fuerza de causa mayor tenemos que vernos en la obligación y en la imperiosa necesidad de tener que escuchar, aunque no lo queramos, los comentarios de muchas personas que dicen apoyar este proceso y que están dispuesto a no sufragar, por algunos de nuestros candidatos, tenemos la obligación por lealtad a nuestro comandante en jefe HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRIAS, tener que decir con profunda preocupación que; no nos confiemos.

Jesus Chua Espinoza

¿ Sólo nos interesa la gobernación del Zulia ? ¿ Y la alcaldía de Maracaibo ?

Los esfuerzos publicitarios y de campaña mas notorios en la ciudad de maracaibo son los relacionados con la gobernación del Zulia.

En el Zulia Vamos con todos. Gian Carlo Di Martino Gobernador.

José Marín

Expertos en estupidez.

No deja de impresionarme la capacidad que tienen los medios privados para encontrar expertos para toda ocasión.

Carola Chávez

Los pobres diablos que solo queremos expresarnos.

MARGINALES AL PODER de las painas de comunicación alternativa.

Jesús Chua Espinoza

Lo nuevo en La Galería

Es para compartir... habla Eduardo Galeano...

Yo quería compartir con ustedes algunos de los relatos del último libro que cometí que se llama "Espejos" y que está armado sobre seiscientos relatos --no voy a leer los 600, que no cunda el pánico, que no panda el cúnico, que nadie se escape; no hay peligro-- voy a hacer una selección de unos pocos textos que me parece que son reveladores de lo que el libro quiso ser o hacer: (muy modestamente), contar nada más que la historia del mundo hasta donde se podía llegar.

Eduardo Galeano

Notas sobre la crisis en Estados Unidos

Es difícil prever el alcance del problema, pero no se ven soluciones en el corto plazo. Seguirán quebrando negocios y aumentando el desempleo.

Augusto Sención

El falso dilema de la Agencia ex Bolivariana de Noticias

No sólo de nombres vive el hombre. Las revoluciones tampoco. Pero los nombres son importantes, porque expresan un concepto, una orientación y una intención. Cierto que no pocas veces se ha abusado de las palabras para fingir cambios mientras la esencia continúa igual, para encubrir con nombres lo que no se construye en los hechos.

Alejandro Ruiz

Logros de la Revolución Bolivariana

Satélite Venesat-1 Simón Bolívar, permitirá la integración Latinoamericana

Este satélite permitirá la integración latinoamericana y con ello impulsará a la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur).

Martin

Bolívar fuerte y premiado

Eran 'raros', verticales y de colores no tradicionales, lo que resultó incómodo para algunos, pero fueron justamente esas 'originalidades' de los nuevos Bolívares Fuertes venezolanos las que premió la International Association of Currency Affairs, IACA

Carlos Chirinos

BBC Mundo, Caracas

Toda la Patria una Escuela

Queremos iniciar esta sección hablando de uno de los aspectos fundamentales en los cuales se ha enfocado la Revolución Bolivariana. Nos referimos a la creación, dotación y mejoramiento significativo de escuelas a lo largo y ancho del territorio nacional. Ambientes DIGNOS para una educación DIGNA

(fotografía:Escuela para niños especiales Los Ángeles, en Ejido estado Mérida)

Arturo Pérez Arteaga :.

Trinchera Universal

El agro-diesel en Colombia: negocio de pocos, miseria para muchos.

Colombia no es la excepción a esta fiebre mundial por encontrar fuentes de energía alternativas a los combustibles fósiles. No obstante, la solución que plantean los dirigentes no es producto de su ingenio sino de la política agrícola impuesta por la globalización neoliberal desde 1990

Mario Alejandro Valencia

La UNASUR apaga su primer incendio en Bolivia: Brasil hace la diferencia

Más allá de la retórica y las declaraciones, la intervención activa de Brasil para desescalar el conflicto boliviano, mostró el estilo de su diplomacia y los objetivos de una gran potencia que consigue, en una sola jugada, mantener a raya las ambiciones imperiales en su "patio trasero" y aislar los intentos de incrementar la tensión en la región.

La Fogata

Trinchera Audiovisual

Discurso de Evo Morales ante la ONU 23-09-2008

A continuación insertamos los enlaces que muestran desde Youtube el último discurso del Primer Mandatario de Bolivia, ante la Asamblea General de la ONU... Un gran ejemplo de dignidad, valor y capacidad de demostrar que Bolivia, como toda la América Latina es SOBERANA.

Arturo Pérez Arteaga :.

Protesta que algo queda

Observemos las reacciones de protesta de un grupo de disociados cuando se les habla de un decreto INEXISTENTE... Muy lejos llegan los niveles de odio a todo lo que provenga del Gobierno Bolivariano

globoterror.com

Lo nuevo en Tecnología

Misión Ciencia transfiere la ciencia de los laboratorios a las comunidades

Uno de los objetivos de este programa científico es colocar a los laboratorios e investigadores en la calle, para facilitar la apropiación del conocimiento e impulsar el desarrollo social.

Agencia Bolivariana de Noticias (ABN)

Trinchera en la Historia

Feliz Cumpleaños ALI, son 66 años de Lucha

Poeta, compositor, músico y activista político que, si no hubiera partido de este mundo hace exactamente 23 años, vería un cielo mucho más despejado que el que sus ojos miraron, iluminado por el sol que anhelaba, el de la justicia social, el de la Patria Buena, el de la revolución.

Luis Gonzalez

Trinchera Literaria

Bonita y difícil

"Examina los detalles a fondo;

eres tú él que paga las consecuencias.
Pon tu dedo en cada detalle, pregunta: ¿Cómo llegó esto aquí?"

Bertold Brecht

El Foso

Coca-Cola enemigo del proletariado

Personas como Cisneros, los mexicanos de FEMSA, son personas que hoy están en sus mansiones deleitándose con riquezas multimillonarias, y viendo sus grandes televisores como son marginados por algunos entes del nuestro gobierno y no son castigados con el mayor peso de la ley.

Conciencia Revolucionaria

Los Rangel victimarios de los petareños...

En un Aló Presidente de 2003, Hugo Chávez señaló: "al hospital Pérez de León, que tiene un presupuesto insuficiente, le inyectaremos 4 mil 135 millones de bolívares para equiparlo completamente".

Usuarios RedomadePetare


Los 26 decretos con rango, valor y fuerza de ley

Resulta imperdonable que gente de la oposición, que dicen ser juristas,anden opinando en los medios de comunicación capitalistas, sin ni siquiera haber leído los 26 Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana el jueves 31 de julio de 2008.

Rafael Antonio Méndez

El ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Comandante Hugo Rafael Chávez Frías, solicitó a la Asamblea Nacional el sábado 13 de enero de 2007 la habilitación para legislar con base al contenido del proyecto de solicitud, desarrollado en 11 ámbitos. La Asamblea Nacional,
luego de cumplir con el procedimiento establecido para tales fines, el martes 30 de enero en sesión ordinaria, aprobó por unanimidad otorgar al Presidente la habilitación, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Número 38617 de fecha 1 de febrero de
2007, con el nombre de LEY QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A DICTAR DECRETOS CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY.

En primer lugar debo señalar, que la Ley Habilitante es una sola, y en ejercicio de ella, el Ejecutivo Nacional haciendo uso de esa autorización o delegación(artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), procedió a dictar durante el lapso de habilitación que fue de 18 meses, un total de 66 Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, y específicamente el día jueves 31 de julio de 2008, publicó el Ejecutivo en Gaceta Oficial los 26 Decretos que han sido tan despiadadamente satanizados por los medios de comunicación capitalistas.

En segundo lugar dicen que estos 26 Decretos son inconstitucionales, así al voleo, sin argumentarlo jurídicamente, simplemente creando una matriz de opinión artificial mediática. Esos buhoneros “jurisconsultos” hasta ahora, no han señalado un solo artículo en específico, de estos 26 decretos que
viole la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ni han demandado la nulidad por inconstitucionalidad de los mismos haciendo uso
del artículo 336 numeral 3 de nuestra Carta Magna, que dice:

“Son atribuciones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia:
3. Declarar la nulidad total o parcial de los actos con rango de ley dictados por el Ejecutivo Nacional, que colidan con esta Constitución.”

En tercer lugar, confunden adrede, el procedimiento de formación de las leyes sancionadas por el poder legislativo, regulado de la siguiente manera; la iniciativa artículo 204, primera discusión artículo 208, segunda discusión artículo 209, la consulta pública entre el lapso comprendido durante el procedimiento de discusión y la aprobación del proyecto de ley según el artículo 211, sanción de la ley y el texto siguiente: “La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela decreta” artículos 212 y 213, promulgación de la ley artículo 214, y finalmente la publicación en la Gaceta artículo 215.

Precisamente la ley habilitante de marras, que es una sola, fue sancionada por el poder legislativo, siguiendo rigurosamente el procedimiento de formación de las leyes, la misma, autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a dictar decretos con fuerza de ley, de acuerdo a lo preceptuado en el numeral 8 del artículo 236 de nuestro Texto Fundamental, que contempla las atribuciones del Presidente o Presidenta de la República.

Y con esa autorización al Presidente a dictar decretos con fuerza de ley(artículo 203 constitucional), el Poder Ejecutivo Nacional cumplió con los pobres, actuando apegado al principio de legalidad, previsto en el artículo 137 constitucional, dándoles instrumentos jurídicos para el beneficio de todos los habitantes de Venezuela sin exclusión.

Esta actitud de la oposición pitiyanqui, me hace recordar cuando en el año 2003, comenzaron las misiones, los ataques mediáticos despiadados que
sufrieron las mismas, y hoy por hoy, vemos los beneficios de todas las misiones, y que la oposición en ese momento cuando las atacó sin contemplaciones, se equivocó una vez más, como lo está haciendo ahora contra los 26 decretos socialistas.

En cuarto lugar, se demuestra como en las misiones, que estos 26 Decretos amplían y mejoran los preceptos constitucionales que permiten construir el mayor estado de felicidad posible para todos los habitantes de Venezuela, en el marco del Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia, avanzando hacia la consecución de los fines del Estado Venezolano, previstos en el artículo 3 de nuestra Carta Magna, que son los siguientes:

“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad

popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.”

LOS SOCIALES

Aún cuando todos los 26 son esencialmente de corte socialista, 3 se consideran los sociales, 9 los económicos y 14 los institucionales, en ese sentido, de manera muy resumida abordaré los 3 sociales y sus conexos:

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE SALUD AGRÍCOLA INTEGRAL

Esta normativa jurídica va a servir, para proteger la vida, la salud humana y animal, y la sanidad vegetal en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, de los riesgos provenientes de la introducción, establecimiento o propagación de plagas o enfermedades de origen animal y vegetal; así mismo, de los riesgos provenientes de la presencia de un aditivo, contaminante, toxina o un organismo causante de enfermedades en
alimentos o pastos; de igual modo, de los riesgos provenientes de un organismo causante de enfermedades o de una plaga transportada por un
animal o un vegetal o un derivado de éstos; de igual manera busca prevenir o limitar otros daños en el territorio, provenientes de la introducción establecimiento y propagación de una plaga o enfermedad.

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

Primeramente, la ley en comento, realiza la actualización y adecuación de las cotizaciones y montos estipulados acorde a la realidad socioeconómica del país.

También establece la obligatoriedad de la penalización a los empleadores y empleadoras en caso de no enterar oportunamente al IVSS respecto al número de empleados, cotizaciones y deudas pendientes; indicándose el pago de intereses moratorios con base en la tasa activa fijada por el Banco Central de Venezuela.

En la norma se determinaron los mecanismos para que el IVSS pueda exigir el cumplimiento de las obligaciones con relación a las controversias relativas a recaudación y a las sanciones.

Así mismo, se incluyen nuevos artículos (86,87, 88, 90, 91) que definen la calificación de infracciones (leves, graves o muy graves) y la determinación del monto de las multas correspondientes a cada caso.

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

Considero que esta reforma viene a contribuir satisfactoriamente con las exigencias sociales en cuanto al nuevo modelo social en materia de vivienda
y habitat que demanda la sociedad venezolana en conjunto.

En función del objetivo que se plantea la presente ley, el cual tiene que ver con: “crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela” se evidencia la necesidad de armonizar el sistema de seguridad social con lo contenido de nuestra Carta Fundamental, para ello es importante resaltar lo contenido en el artículo 86 de nuestra Constitución, el cual hace referencia al contenido y alcances de la seguridad social en Venezuela. Venezuela ha suscrito varios convenios en materia de seguridad social, entre ellos: el Convenio Iberoamericano de Seguridad Social; el Tratado Iberoamericano de Seguridad Social; Instrumento Andino de Seguridad Social y su Reglamento; Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales.

Dentro de los aspectos más positivos de este decreto, veamos algunos artículos de suma importancia:

Artículo 28:

Se separan los fondos que hasta ahora se habían manejado en forma unificada y favorece la mejor gestión administrativa de los recursos provenientes de los regímenes prestacionales. En tal sentido esto mejorará las funciones que le son propias a cada una de estas instituciones.

Artículo 43:

Se le confiere administración de los recursos que ejercía la Tesorería de Seguridad Social al Banco Nacional de Vivienda y Habitat, haciendo así más
efectiva y transparente el manejo de los recursos. En consecuencia se simplifican los procedimientos y trámites para el mayor beneficio del contribuyente.

Artículo 51:

Con la facultad de recaudación de los recursos por parte de BANAVIH, reitera la simplificación de los procesos y mejora la posibilidad de incrementar los fondos mediante esta percepción de fondos; esto debería permitir ser más expedita la asignación de préstamos habitacionales y en consecuencia garantizar el derecho a una vivienda.

Artículo 104:

Se establece la corresponsabilidad entre el empleador y el empleado para garantizar el verdadero acceso a la vivienda.

Artículo 112:

Se establecen las excepciones al Régimen Prestacional de Vivienda y Habitat, dejando de someterlos al sistema tributario. Esta excepción beneficia desde el punto de vista social la distribución de los fondos y hace más sencillo el cumplimiento de la corresponsabilidad del empleador y el empleado.

Artículo 113:

Con la inclusión de este último aparte le confiere al BANAVIH la potestad de recaudar directamente los fondos del régimen prestacional y socializa el
manejo del fondo y establece la posibilidad de armonizar las operaciones con otros operadores financieros.

Artículo 116:

Con la universalización del salario mínimo obligatorio se logrará la no exclusión de aquellos trabajadores que no superan los 10 salarios mínimos
como ingreso mensual, para acceder al sistema. Esto le confiere una mayor amplitud al sentido socialista y humanitario de la nueva orientación del
Estado.

Concatenado a ello, y en función que todas las leyes deben ser interpretadas de manera holística, en todo su contexto o de manera integradora con otras normas conexas, dentro de los decretos institucionales encontramos:

EL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DEL RÉGIMEN PRESTACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAT.

Con este nuevo instrumento se propone dar una solución mucho más efectiva al problema de la vivienda, dar mayor operatividad a los procesos, estimular la participación de las distintas formas asociativas de las comunidades, protección especial a las personas más vulnerables, se establecen mejores ventajas para la adquisición de viviendas como el financiamiento del 100% y los créditos mixtos, se aborda el tema del arrendamiento inmobiliario, de la regularización de la tenencia de la tierra y de los terrenos urbanizables.

Un aspecto novedoso muy positivo es, un significativo aporte de la nueva ley, es el que establece que los créditos hipotecarios para viviendas principales podrán ser concedidos hasta por el cien por ciento (100%) del valor del inmueble.

Patria, Socialismo o Muerte...!VENCEREMOS¡

Rafael Antonio Méndez
(*)Comisionado de Ideología y Política del Batallón Allende
danielavalentina_0901@hotmail.com

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